Contratos de Mantenimiento
Un contrato para cada necesidad
Gracias a la suscripción de su Contrato de Mantenimiento, obtendrá sin ningún coste adicional:
La revisión anual obligatoria de su caldera, fuera de la temporada de calefacción y de acuerdo al R.I.T.E. y a las instrucciones Técnicas del Fabricante.
Control y análisis de combustión de gases para una mayor seguridad y rendimiento de los aparatos.
A petición del usuario y durante la vigencia del contrato, las reparaciones en la caldera no tendrán ningún cargo de mano de obra, sin límite de tiempo, ni el desplazamiento del técnico (no incluye los costes de las piezas salvo Contratos Estrella).
La responsabilidad y atención directa del fabricante durante toda la vida útil del equipo.
La tranquilidad de contar con un gasto planificado.
Estos son algunos de nuestros contratos:
Contato Inicial de Puesta en Marcha: Incluye dos revisiones obligatorias, una cada año, (según IT3 del RITE Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio), mano de obra, piezas y desplazamientos de las intervenciones por averías y análisis de combustión. (Disponible para calderas y calentadores).
Contrato Garantía 3 años: Incluye tres revisiones obligatorias, una cada año, (según IT3 del RITE Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio), mano de obra, piezas y desplazamientos de la intervenciones por averías y análisis de combustión. (Disponible para calderas, contratación en la Puesta en Marcha).
Contrato Estándar: Incluye un año de revisión obligatoria anual, (según IT3 del RITE Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio), mano de obra y desplazamientos de las intervenciones por averías y análisis de combustión. (Disponible para calderas, calentadores y calderas de gasoil).
Contrato Estándar Plus: Incluye un año de revisión obligatoria anual, (según IT3 del RITE Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio), mano de obra y desplazamientos de las intervenciones por averías y análisis de combustión, descuento del 20% en las piezas. (Disponible para calderas).
Contrato Estrella: Incluye un año de revisión obligatoria anual, (según IT3 del RITE Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio), mano de obra, piezas y desplazamientos de las intervenciones por averías y análisis de combustión. (Disponible para calderas con 7 años desde el inicio de su funcionamiento).
Un contrato... ¿por qué?
- Porque está contratando el mantenimiento directemente con el fabricante.
- Porque según la ley Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio (RITE en su IT3) "Es responsabilidad del usuario realizar una revisión a su aparato productor de calor".
- Por su seguridad, subsanando posible fugas de gas en su aparato, así como revisando posibles revocos en su salida de humos.
- Porque as ser Servicio Técnico Oficial trabajamos únicamente con recambios originales.
- Porque nuestros técnicos reciben una formación exclusiva y continuada por parte del fabricante.
- Porque de esta manera conseguirá un ahorro en su consumo y podrá alargar la vida útil de su aparato, asegurándole un mayor rendimiento.
¿Qué ofrecen nuestros contratos?
- Le presentamos un contrato para cada necesidad, puede consultarnos en nuesta página web www.mapesat.com o preguntarnos directamente en el teléfono 981 17 77 66.
- Para su comodidad nos ponemos en contacto con usted para la revisión obligatoria.
- Desplazamientos y mano de obra sin límite de horas gratuitos durante todo el año.